|
Reza un viejo aforismo de los ingleses, "Give me a gentleman and 1 will give you a Judge". Es decir dadme un caballero y yo te daré un juez. Con este refrán sintetizan lo que debe ser un juez en su faz moral y espiritual, para que sea capaz de administrar una buena justicia.
Ese dicho popular que se relaciona con los jueces de hombres, tiene por supuesto también vigencia para los. jueces de las exposiciones caninas o de cualquier otro orden de la vida.
Sin duda que la tarea de juez, es la misión de mayor responsabilidad que pueda un hombre asumir en el transcurso de su vida. El "Dare quiquet suo", dar a cada uno lo suyo es un evento que exige una gran talla moral, aparte de los conocimientos teóricos y empíricos inherentes a la función. Es una profesión en cierta forma sagrada y nada lo acerca tanto al hombre a la divinidad, nada lo asemeja tanto a ella, como la sacrosanta misión de administrar justicia. Por eso también no hay falta moral más grave que una justicia venal o corrompida.
Un juez debe ser poseedor de una integridad moral, sólo comparable al sacerdocio. De esa base debemos partir para valorar a un juez, pues el índice acusador de la sociedad se levanta inexorable contra los malos jueces.
Va de suyo que además de ser moralmente íntegro, quien actúa de juez en cualquier manifestación humana, debe poseer también un conocimiento cabal de la materia que va a juzgar, sea en un tribunal internacional, sea como juez de las relaciones de los hombres entre sí, en los fueros civil, comercial o laboral, sea del hombre ante la sociedad en la faz penal, sea como juez en los concursos de arte, ciencias, literatura o poesía, sea en concursos de plantas, flores o animales. La integridad moral del juez debe ser la misma y su dominio de la materia a juzgar, también. Viniendo al tema de nuestro interés, el juez de las exposiciones caninas y. en especial el juez de dogos argentinos, que nos preocupa, debe reunir además de los factores morales a que arriba me refiero, una noción total sobre la raza y un conocimiento- a fondo del standard de la misma. Sólo así podrán nuestros jueces gozar y pretender el respeto de los criadores y se acatarán sus fallos sin discusión.
El juez debe saber distinguir los defectos capitales, de otros que no hacen al fin primordial de la raza, sino solamente a la belleza física de un ejemplar, Un ejemplo nos aclarará mejor al respecto. El juez debe dar mayor importancia a la altura y profundidad de pecho de un ejemplar expuesto, que a las posibles manchas de la piel siempre que no sean visiblemente exageradas o a un ínfimo prognatismo. ¿Por qué? Porque la altura y profundidad de pecho hace a las condiciones físicas que el dogo necesita para la lucha con una fiera que le lleva altura y peso, como el jabalí europeo, por ejemplo y en cambio las manchas de la Piel o un pequeño prognatismo de milímetros, nada hace a la función de morder bien y sí solamente a la belleza estética del animal, a su aspecto formal. Esas manchas en la piel, no inciden en absoluto en la eficacia del trabajo en la cacería o en su función de guardián.
Un juez de Dogos jamás debe olvidar que en esta raza, cada detalle de su conformación anatómica, obedece a motivos funcionales o a razones científicas. Nada quedó supeditado al capricho de su creador.en otras razas el color, clase y largo de pelo, corte de la cola, o no corte, etc., suele ser producto del gusto, criterio y~ veces hasta capricho del creador de la raza o de los clubes que hicieron o modificaron los standards.
Citemos una de las razas más conocidas y populares en nuestro país, el Boxer, por ejemplo. ¿Qué detrimento para la función de colaborador del hombre, significaría que la raza Boxer, fuera, supongamos, de color arlequín? ¿En qué incidiría ese color para que el Boxer siguiera . siendo un excelente guardián, fiel amigo de los niños o un noble perro lazarillo? Y así podríamos extendernos en muchas razas. Por supuesto que el juez de esas razas debe atenerse al color que fija el standard, pero me refiero sólo a la "necesidad" de ese color.
La raza seguiría teniendo la misma eficacia funcional con cualquier color que cl standard hubiera dispuesto. En cambio si un Dogo tiene poca altura o excesiva enanismo o gigantismo- nunca podría desempeñar con éxito su función de cazador, y si fuera de color negro no se lo vería de lejos cuando está cazando, que para eso se lo hizo de color blanco, y si tiene el pelo largo y gris como su enemigo el jabalí, correría el peligro de ser muerto por el cazador y si tiene mucho prognatismo se ahogará al hacer presa y si fuera muy liviano no resistiría el ataque de las fieras corpulentas y Si fuere muy pesado, no alcanzaría al jabalí o al puma. Es decir que en nuestra raza cada detalle de su soma, que está retratado en el standard, tiene una razón funcional, Un motivo que lo determina, como lo hemos explicado detallada y razonablemente en nuestro libro El Dogo Argentino y lo ampliamos aquí en la glosa al standard.
Por eso el juez de Dogos, debe poner su cabeza al juzgarlo y no sólo conocer el standard, sino también saber el porqué de cada una de sus disposiciones, que es lo que trato de glosar lo más claramente posible en el standard, no juzgar mecánicamente, llevado por el rigorismo de los centímetros, sino razonando, comparando y sacando consecuencias. Otro error de información que hemos constatado en algunos jueces es tomar en cuenta para quitarles puntos a un dogo, el número de molares o premolares que no le han salido en momentos de ser exhibido o que no le saldrán nunca. Eso es un gran error, en primer lugar porque el perro muerde con los doce incisivos y los cuatro caninos y nada más sino no es dogo. Las muelas, como su nombre lo indica, sirven para moler o triturar los alimentos. función totalmente ajena al fin específico de la raza. Y que no se diga que el perro se alimenta mejor o digiere mejor los alimentos con dieciséis molares que con catorce. Y aunque así fuera ello no incide en la estructura o belleza. del animal. Sería como restarle puntos porque el páncreas está muy inclinado o el hígado tiene mala conformación. Es como si en un concurso mundial de belleza femenina, a una hermosa señorita no se la designara Miss Universo, porque un juez afirma que tiene el intestino delgado muy corto, o no le han salido las muelas del juicio.
Asimismo eso de la falta de premolares o molares, o del prognatismo interpretado "a piacere", suele ser un pretexto de que se valen los malos jueces -y aqui° va lo de "malos jueces", con todo el sentido peyorativo de la palabra "malo"- cuando quieren premiar a un determinado perro, en detrimento de otro mejor, pero que no fue creado por él o por sus amigos.
En una exposición del interior, cuando un propietario de perro vio hacer a un lado a su dogo, en beneficio de otro que a todas luces era inferior y le preguntó al juez la causa de descalificación de su perro, el juez le contestó que era porque su perro tenía prognatismo. Cuando el interesado le abrió la boca a su perro, delante el juez y varios entendidos, mostrándole la total coincidencia de arcadas dentarias, el juez muy suelto de cuerpo le Contestó: Sáquele una radiografia a su perro y. Verá que tiene prognatismo. Los comentarios huelgan. Con igual fundamento podría haberle respondido: Sáquele una radiografía de hígado y verá que tiene cálculos. sabemos por ejemplo, la importancia que para la forma del cráneo del masticador, tienen los parietales que dan forma a la caja craneana en su faz externa. Pero nada tiene que ver, por ejemplo con esa faz externa del hueso que es lo que a nosotros nos interesa, con el hecho de que los surcos para la arteria meníngea media y sus ramas que tiene el parietal en su cara interna, estuviera más cerca o más lejos del interparietal o de la rama escamosa del temporal. Eso. podrá interesar a la anatomía comparada o patológica, pero nada tiene que ver con la faz externa de los parietales, que es lo único que al juez cinológico le interesa. Desde luego que estos conceptos y enseñanzas van para los jueces equivocados o noveles susceptibles siempre de entrar en la buena senda de juzgamientos, no para los "malos jueces" en el sentido que la Real Academia de la, lengua asigna a la palabra "malo" a ellos nadie los hará cambiar de métodos o pretextos para premiar, no a los perros buenos o malos, sino a sus amigos.
Aparte de las condiciones morales y conocimientos de la raza a juzgar, que debe tener el. juez de dogos a que me acabo de referir, entiendo que para ser un completo juez, debe saber también tener un amplio conocimiento de todas las otras razas caninas, al menos de las más comunes en nuestras exposiciones, lo que le evitará caer en errores,al carecer de un enfoque más amplio del tema. En el prólogo de mi libro Homicidios, publicado hace más de treinta años, traigo .algunas consideraciones que son de estricta aplicación al motivo que nos ocupa y que en síntesis transcribo a continuación.
Decía en aquella oportunidad, relacionado con el conocimiento de todas las ramas del derecho que sé necesita para ser un buen juez: Las múltiples funciones a que se ve abocado un Juez Federal de Territorios, si bien pueden tener el inconveniente de la no especialización, dan en cambio un concepto más amplio y cabal del derecho positivo en sus distintas materias Cuando después de concluir una sentencia de homicidios que obliga"'(engfarnos en el estudió de la Ciencia penal y. iecufir átos tratadistas de esa rama del derecho o a la jurisprudencia afín, pasamos a una acción pauliana o a un juicio de divorcio que nos lleva a incursionar en el campo del derecho civil, para resolver después una convocatoria de Acreedores o dictar un auto de quiebra, aplicando el derecho comercial, hacemos una gimnasia intelectual, que debe necesariamente dejarnos un saldo positivo, a poco que ahondemos en estudio de tan variado matiz o por escasas que sean nuestras facultades de asimilación. Si recordamos que un juez Federal de Territorios a más de abarcar los fueros civil, comercial, criminal y Correccional, es dentro de la materia penal de instrucción y de sentencia, entiende como juez Federal en materias de tasas e infracciones al servicio militar, leyes de impuestos internos, tribunal de apelaciones para la justicia de Paz Legal, etc., concluiremos sin hesitaciones, que como seminario de derecho, como fuente de informaciones, es de evidente beneficios, porque nos ayuda a humanizar la función, a resolver los casos concretos que se someten a nuestro arbitrio, con una vista panorámica de conjunto,-con una visión amplia que nos permite en lo posible alejarnos del "Summun jus, summa injuria' en que nos exponemos, cuando al profundizar demasiado en la especialización, solemos llegar al error de hacer filigranas con el derecho. Defensor de Menores en Formosa, Fiscal en Esquel, Juez Federal en los Territorios de Río Negro y La Pampa, Juez del Crimen en la Capital Federal, Juez .de las Cámaras Federales de Apelaciones de la Capital Federal y de La Plata.
Procurador General del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa y Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén, he tenido siempre una verdadera obsesión por la "justicia", en detrimento muchas veces de la fría letra de la ley o del mandato imperativo,, cuanto . inquisitorial de los "códigos". 'Esa gimnasia intelectual a que me refería en mi libro Homicidios y que a los jueces de hombres nos da una mejor valoración desde el punto de vista humano, para juzgar a nuestros semejantes, es de estricta aplicación y tiene plena vigencia para los jueces cinófilos. Quien conoce todas las razas, o la mayoría de ellas, es decir es un buen juez "allrounder", como se dice en el léxico de los Kennel Clubes del mundo y además conoce acabadamente el standard de la raza dogo, tiene una gran ventaja para juzgador. La experiencia de las exposiciones nos enseña que es más difícil equivocarse a un juez allrounder, en sus fallos cuando juzga a nuestra raza, siempre que por supuesto conozca a fondo .lo que debe ser un buen dogo como futuro reproductor, que. es el desideratum de las exposiciones en cualquier especie animal.
En cambio qué tremendos errores hemos constatado al ver juzgar a jóvenes que hace diez años no habían visto jamás un dogo y que ignoran completamente los standards de otras razas! Se hace urgente, para que el dogo no entre en la pendiente de la declinación, que tanto preocupa a nuestros dogueros, que las instituciones encargadas de designar jueces, les exijan un mínimum de conocimientos cinófilos, otro poco de anatomía animal, sobre todo la del perro de presa y conocer bien el standard del Dogo Argentino, que glosamos in extenso en el capítulo siguiente.
Será la designación de buenos jueces, la única forma de que ellos se equivoquen lo menos posible –dentro del margen de los humanos errores-, única forma de no desilusionar a los criadores, de los que en Argentina hay tantos y tan buenos, dentro y fuera del país, y se haga carne en sus espíritus y sus cerebros, que el Dogo Argentino no es una fiera de riña, sino un perro sociable con sus congéneres y con el hombre,, cazador por excelencia, dócil con los niños, cariñosos con sus amos y fiel guardián de nuestros hogares.
Con buenos jueces, habrá ganado mucho nuestra raza .en particular y la cinofilia en general, porque los buenos fallos serán un estímulo para tantos aficionados que a diario realizan verdaderos sacrificios de comodidades, tiempo y dinero en el progreso y mejoramiento de la primer raza Argentina.
|